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    Devolución de excedentes 2025 en el sistema Isapre

    Fecha: 30 de Enero

    Las Isapre iniciaron el proceso anual de devolución de excedentes de cotización. La asociación gremial recomienda a los beneficiarios revisar la información que ha dispuesto cada Isapre en sus sitios web y actualizar los datos bancarios, para facilitar los reintegros.

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SALUD EN CHILE

El Sistema Isapre ha contribuido al desarrollo global del sector salud en Chile, descongestionando al sector público y permitiéndole a éste, por tanto, centrar sus esfuerzos en las personas de más bajos recursos.

Con la responsabilidad de otorgar atención a casi tres millones de beneficiarios y apoyados en la competencia libre de mercado las Isapres han logrado perfeccionar sus servicios y otorgar más y mejores prestaciones de salud.

 

En este contexto, han desarrollado productos de bajo costo como planes colectivos, enfermedades catastróficas y tercera edad. Actualmente, las Isapres reúnen a más de 3,3 millones de beneficiarios y, entre ellos, se encuentran más de 130 mil personas con más de 60 años de edad.

La reforma de 1981, que creó el sistema Isapre permitió, los siguientes beneficios para los trabajadores:
- Aumento de las libertades individuales
- Posibilidad de opción por el Sistema FONASA, (estatal) o por las instituciones privadas, Isapres.
El trabajador no efectúa dobles cotizaciones. Con el 7% de sus remuneraciones debe elegir libremente entre un sistema u otro.

¿Cómo optar por el sistema?

Los trabajadores individualmente puedes suscribir un contrato de salud con la Isapre que elijan. Al optar por una Isapre, los afiliados dejan de cotizar en el sistema público, para aportar sus cotizaciones a la Isapre elegida. El afiliado así, tiene derecho a obtener beneficios de salud para él y su familia, de acuerdo al monto de los aportes que realice.

El contrato de salud presenta ciertas características básicas:
En el contrato las partes podrán convenir libremente la forma, modalidad y condiciones para el otorgamiento de prestaciones, beneficios pactados y porcentajes de cobertura. El contrato debe señalar la forma en que se modificarán las cotizaciones y beneficios al incorporar o retirar una persona del grupo familiar.

Debe señalar el precio del plan, el que podrá variar una vez cumplidos los respectivos períodos anuales y que sólo podrá expresarse en pesos o U.F. (Unidad de Fomento). Debe indicar los montos máximos de los beneficios o de algunas prestaciones o ciertas restricciones a la cobertura.

Señala las condiciones para el otorgamiento del examen de medicina preventiva, protección de la mujer en el embarazo y del niño hasta los 6 años. Señala las Condiciones Generales del Beneficio Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile, que opera desde el año 2000 y que ya ha financiado miles de millones de pesos en prestaciones. Entre los beneficios que otorga el contrato está el pago de las licencias médicas según correspondan.

El afiliado puede renunciar a un contrato una vez transcurrido un año. La Isapre, por su parte, no puede poner término al contrato, salvo que las causales señaladas en la ley 18.933. Finalmente se han agregado los beneficios contemplados en la Ley 19.966 (AUGE), la cual entrega a los afiliados del Sistema Público y Privado Garantías respecto de problemas de salud con mayor morbilidad en Chile. Así para el año 2015, se garantizan 80 problemas de salud, en cuanto a su acceso, oportunidad de atención, protección financiera y calidad de la atención a través de la acreditación de los prestadores de salud.

 

ISAPRES DE CHILE

Fono: (56 2) 2249 7920
Email: info@isapre.cl

 

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